El 11 de julio se ha publicado en el BOJA la RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2018, regulada en la Orden de 6 de mayo de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, que recoge la convocatoria de nuevos incentivos a la contratación para empresas.
Las ayudas son: 

A. Bono de Empleo Joven.

Ayuda para empresas que incorporen a un trabajador con un contrato de formación, además de en otras modalidades contractuales, que cumpla los siguientes requisitos:
  • Tener una edad comprendida entre los 18 y los 29 años, ambos incluidos, en el momento de iniciar el contrato.
  • Estar en situación de desempleo.
  • Estar inscrito en Garantía Juvenil.
  • Tener como mínimo el título en Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
  • Cuantía de la ayuda:
    • 6.000 euros para contratos a jornada completa.
    • 3.000 euros para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral.
  • Duración mínima del contrato: 12 meses.
  • Beneficiarios:
    • Empresas, autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades sin personalidad jurídica que tengan su centro de trabajo en Andalucía.
  • Se incentivarán las contrataciones realizadas a partir del 10 de mayo de 2018.
  • Plazo de presentación de solicitudes:
Ver bases completas de la ayuda
 

B. Ayudas a la contratación indefinida de jóvenes
procedentes de un Bono de Empleo.

Ayuda dirigida a empresas que decidan transformar en indefinidos a los trabajadores cuyo contrato haya sido anteriormente incentivado con la ayuda del Bono de Empleo Joven y siempre tras la finalización del periodo de 12 meses obligatorio correspondiente a dicho incentivo.
Esta ayuda puede solicitarse en dos supuestos:
  • Mantenimiento de un contrato inicialmente indefinido.
  • Transformación del contrato inicial en indefinido.
  • Cuantía de la ayuda:
    • 8.000 euros para contratos a jornada completa.
    • 4.000 euros para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral.
  • Duración mínima del contrato: 18 meses, a contar desde la finalización de los 12 meses obligatorios del Bono de Empleo.
  • Se incentivarán las transformaciones realizadas a partir del 10 de mayo de 2018.
  • Plazo de presentación de solicitudes:
Ver bases completas de la ayuda
 

C. Ayudas al Empleo Estable.

Ayuda para empresas que promuevan la creación de empleo indefinido. Podrán beneficiarse de esta subvención:
  • Aquellas organizaciones que contraten con carácter indefinido a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo.
  • Aquellas empresas que transformen contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior a 20 horas semanales.
  • Cuantía de la ayuda:
    • 8.000 euros por cada contratación indefinida que se formalice con una persona demandante de empleo no ocupada en el SAE, o bien, por cada transformación de un contrato temporal en indefinido a jornada completa.
    • 8.800 euros si la persona contratada es un desempleado de larga duración, discapacitado, víctima de violencia de género o persona en riesgo de exclusión social, entre otros.
    • 10.000 euros cuando la contratación indefinida a jornada completa se realice por una empresa o entidad del sector industrial.
    • 4.000 euros cuando el contrato se realice a jornada parcial.
    • Otras cuantías detalladas en las bases en función de la persona contratada.

Todas estas cuantías se incrementarán un 10% cuando la persona contratada sea mujer.

  • Duración mínima del contrato: 36 meses.
  • Plazo de presentación de solicitudes:
    • Abierto desde el 12 de julio de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
    • En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.
    • Se deberá comunicar la contratación o transformación de forma telemática a través de Contrat@ o Gescontrat@.
    • Las empresas dispondrán de un mes desde la fecha de formalización o transformación del contrato para solicitar la ayuda.
Ver bases completas de la ayuda

D. Ayudas a la ampliación de la jornada laboral parcial a jornada completa.

Ayudas para empresas que amplíen la jornada laboral de personas con un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial.
  • Cuantía de la ayuda:
    • 4.000 euros.
    • 5.000 euros en caso de que la actividad de la persona o empresas contratante se enmarque dentro del sector industrial.
    • Otras cuantías detalladas en las bases en función de la persona contratada.
  • Duración mínima: 36 meses desde que se produjo la ampliación de la jornada.
  • Plazo de presentación de solicitudes:
    • Abierto desde el 12 de julio de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
    • En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.
    • Las empresas dispondrán de un mes desde la fecha de ampliación de la jornada.
Ver bases completas de la ayuda

¡Consulta la normativa vinculada! Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.



TAG Formación, S.L.U.  ·  981 264 911  ·  tagformacion@tagformacion.es  ·  www.tagformacion.es